Con el alumbramiento nacemos a la vida terrena; con el bautismo nacemos a la vida eterna. Con este sacramento somos limpiados del pecado original y constituidos como hijos de Dios y hermanos en la Iglesia. No se trata de una convención social, sino de un acontecimiento de salvación para el niño por lo que todo ha de girar en torno a esa realidad: la elección de los padrinos, el cursillo prebautismal tanto de los padres como de los padrinos…
En nuestra parroquia celebramos bautismos un sábado al mes, excepto en el tiempo litúrgico de cuaresma. Los requisitos que pide el Derecho Canónico para poder celebrar el bautismo son los siguientes:
¿QUIÉN PUEDE SER BAUTIZADO?
- Toda persona viva que no haya recibido aún el bautismo.
- Si es menor de edad, se precisa el consentimiento de ambos padres o tutores legales -o al menos de uno de ellos-.
- Que vaya a ser educado en la fe católica. Si no se pudiese verificar este punto, es mejor diferir el bautismo.
¿QUIÉN PUEDE SER PADRINO?
- Ha de ser un solo padrino o una sola madrina. En caso de que sean dos personas, necesariamente uno ha de ser varón y la otra, mujer.
- Que no sea el padre ni la madre del niño.
- Que tenga 16 años cumplidos.
- Que hayan recibido los tres sacramentos de iniciación cristiana (bautismo, confirmación y comunión). Para ello deben aportar el certificado de confirmación cuando le sea solicitado.
- Que sea católico practicante y viva de una manera congruente a su fe.
- Que tenga capacidad de desarrollar la misión que se le encomienda y quiera hacerlo.
Puede consultar toda la normativa de la Iglesia referida al bautismo aquí.
Y para que el bautismo, que es como una semilla, crezca y dé fruto abundante, es necesario que los padres y padrinos cuiden la vida de fe del niño bautizado. Aquí os ofrecemos algunas orientaciones que pueden ser de utilidad:
- Que los padres vivan realmente la fe y la vida cristiana.
- Enseñar al niño a rezar.
- Enseñarle las virtudes cristianas.
- Tener signos cristianos en casa.
- Celebrar el aniversario del bautismo.
- Incorporarlo a la vida de la comunidad desde pequeño.
- A partir de los 6 años, inscribirle en el Oratorio de Niños Pequeños.
La Iglesia bautizó ya desde los primeros siglos a los niños, porque consideró que son bautizados en la fe de la misma Iglesia, proclamada por los padres, padrinos y demás presentes. Así, pues, no hay nada que la Iglesia considere más importante que reavivar en los padres y padrinos de los niños que se van a bautizar una fe activa y se hagan conscientes de su misión. A este fin se ordenan tanto el cursillo prebautismal de padres y padrinos como el rito del sacramento en sí mismo.
Aunque el don del bautismo es pleno por parte de Dios, sin embargo, por parte del hombre requiere respuesta y conversión; esto es: fe personal, cuando el hombre sea capaz de ello. Lo que en los adultos es requisito previo al bautismo, en los niños es exigencia posterior, de tal manera que si esta exigencia no se cumple, el bautismo queda, de alguna manera, infructuoso.
Por ello, desde la más corta edad se debe iniciar la educación cristiana, la cual busca, sobre todo, que los niños se hagan conscientes cada día del don de fe recibido. Por su importancia radical, la misma Iglesia pide evitar el bautizar si no hay una garantía suficiente de que el niño vaya a recibir una educación cristiana.
Documentación que hay aportar
- Solicitud de bautismo
- Certificado de confirmación de los padrinos (para aclarar dudas al respecto llama al despacho parroquial)
- Libro de familia o certificado de nacimiento del niño a bautizar
- Licencia del cura párroco (en la parte trasera de la solicitud de bautismo hay un apartado que ha de rellenarse en la parroquia donde viven los padres en la que el párroco indica que nada impide el bautismo en nuestra parroquia)